Portal de Transparencia
Introducción
La entrada en vigor de la Ley 19/2013 y de la Ley 19/2014, ambas de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, requiere el cumplimiento de la obligación de publicidad activa, que busca anticiparse a las necesidades y exigencias de información de la opinión pública.
Para facilitar el acceso del público en general y promover la disponibilidad de la información, hemos reunido en esta plataforma toda la información de carácter organizativo, normativo, económico y presupuestario a que se refieren las citadas leyes. La información sujeta a las obligaciones de transparencia aquí contenida se publica de manera clara, estructurada y comprensible para los interesados, mediante acceso fácil y gratuito y de acuerdo con los principios técnicos de accesibilidad universal, interoperabilidad y reutilización. Esta información se actualizará de manera periódica.
Información Organizativa
FUNCIONES
Tal como se establece en el artículo 5 de los Estatutos (Fines fundacionales), la Fundación Privada Tribunal Laboral de Cataluña tiene por objeto ejercer las funciones de conciliación, mediación y arbitraje en beneficio de las empresas y trabajadores de Cataluña, previstos en los diferentes Acuerdo interprofesionales de Cataluña firmados por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en Cataluña (DOGC núm. 1397, de 23 de enero de 1991; DOGC núm. 4466 de 9 de septiembre de 2005; y DOGC 7112 de 3 de mayo de 2016), así como en su Reglamento de Funcionamiento del Tribunal Laboral de Cataluña (DOGC 4490, de 17 de octubre de 2005).ÓRGANO DE DIRECCIÓN DE LA FUNDACIÓN
A los efectos establecidos en el Capítulo II del Título III (Organización y funcionamiento de la Ley 4/2008 del 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, se constituye el Patronato de la Fundación Privada Tribunal Laboral de Cataluña.
El Patronato es el órgano de gobierno y administración de la Fundación, la representa y gestiona, y asume todas las facultades y funciones necesarias para la consecución de los fines fundacionales.
El Patronato está constituido por ocho miembros designados por las organizaciones miembros, de acuerdo con el siguiente desglose: dos miembros serán designados por Fomento del Trabajo Nacional, dos por PIMEC, dos por la Unión General de Trabajadores de Cataluña y dos por la Comisión Obrera Nacional de Cataluña.
El Patronato, en fecha 31 de diciembre de 2023, está integrado por las siguientes personas:
- Presidenta: Cristina Torre López (Comisión Obrera Nacional de Catalunya)
- Vicepresidente: Josep Ginesta i Vicente (Pequeña y Mediana Empresa de Catalunya)
- Secretaria: Núria Gilgado Barbadillo (Unión General de Trabajadores de Catalunya)
- Tesorero: Javier Ibars Álvaro (Foment de Treball Nacional)
- Vocal: Jesús Manuel Rubio del Pozo (Unión General de Trabajadores de Catalunya)
- Vocal: Silvia Miró Martí (Pequeña y Mediana Empresa de Catalunya)
- Vocal: Yésika Aguilar Granados (Fomento del Trabajo Nacional)
- Vocal: Francesc Montoro Brotons (Comisión Obrera Nacional de Catalunya)
PLANTILLA
La Fundación Privada Tribunal Laboral de Cataluña, en fecha 31 de diciembre de 2023, tiene en plantilla de siete trabajadores: un gerente, tres secretarios/as de actas y tres administrativos/as.
Marco Jurídico
NORMATIVA APLICABLE
a) Ley 5/2001, de 2 de mayo, de fundaciones.
b) Ley 4/2008, de 24 de abril del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.
c) Ley 16/2008, de 23 de septiembre de medidas fiscales y financieras
Información Económica y Presupuestaria
SUBVENCIONES
- Nombre del proyecto: Fundació Privada Tribunal Laboral de Catalunya
- Partes firmantes: Generalitat de Catalunya y Fundació Privada Tribunal Laboral de Catalunya
- Objeto: Cubrir los gastos ordinarios y de funcionamiento del Tribunal Laboral de Catalunya correspondientes a los años 2022-2025
- Duración: Desde el 1 de enero de 2022 al 31 diciembre de 2025
Importe 3.550.000 € - Aportaciones de les partes sobre presupuesto aprobado: 100% Generalitat de Catalunya
RETRIBUCIONES
Tal como se establece en el artículo 21 de los Estatutos de la Fundación Privada Tribunal Laboral de Cataluña, los patrones ejercen el cargo gratuitamente, sin perjuicio del derecho a ser reembolsados de los gastos debidamente justificados ya la indemnización por los daños que les ocasione el desarrollo de las funciones propias del cargo.